ENFOQUE
SUBJETIVO: Un acto será mercantil cuando lo ejecute un comerciante ya que la
calidad de mercantil del sujeto otorga a los actos su carácter comercial.
ENFOQUE
OBJETIVO: Los actos son calificados de mercantiles en virtud de sus caracteres
intrínsecos cualquiera que sea el sujeto que los realiza.
El código adopta un sistema mixto aunque predominado el
objetivo ya que en efecto algunos actos que regula se derivan de su
mercantilidad de sus propias características, sin importar la calidad de la
persona que los lleva acabo y otros en cambio tienen este carácter por la circunstancia de ser realizados por un
comerciante.
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